El 15 de mayo de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una resolución histórica. Declaró discriminatorio el artículo 60.1 de la Ley de la Seguridad Social por exigir a los hombres cargas adicionales para el complemento de maternidad. Con esta decisión, los efectos retroactivos desde el hecho causante quedaron reconocidos para los jubilados varones. Estos podrán exigir el abono de atrasos y la equiparación de su pensión.

Ahora, los hombres cuya petición de complemento fue denegada pueden reclamar la brecha de género en igualdad con las mujeres. El Tribunal Supremo ha confirmado la no prescripción de este derecho. Esto hará posible solicitar la indemnización por discriminación y el abono de los atrasos de la brecha de género en la pensión. Además, conviene atender los requisitos para reclamar la brecha de género y la cuantía de las mensualidades atrasadas. Para conocer el procedimiento completo, consulta reclamar el complemento de la brecha de género y disponer de apoyo jurídico especializado.

Contexto legal y evolución normativa para reclamar la brecha de género

Jubilado varón recibiendo sentencia del TJUE sobre brecha de género en pensiones
Jubilado recibe complemento maternidad tras fallo del TJUE

Sentencia TJUE declara discriminatorio artículo 60.1

En mayo de 2025, el TJUE estimó que el artículo 60.1 de la Ley General de la Seguridad Social vulneraba el principio de igualdad. Lo hizo al exigir a los hombres demostrar interrupciones de cotización tras la paternidad. La Sala consideró que la norma imponía condiciones adicionales injustas al colectivo masculino, al tiempo que mantenía privilegios automáticos para las mujeres con partos. Este fallo supuso un giro relevante en la interpretación de los complementos de maternidad.

Seguidamente, el Tribunal Supremo español ha aplicado esta doctrina en varias sentencias. Reconoció que los hombres con uno o más hijos disfrutan del complemento por maternidad en las mismas condiciones que las mujeres. Esta jurisprudencia clarifica los requisitos probatorios y confirma que el derecho no prescribe. Esto permite acceder a reclamaciones con carácter retroactivo y a la reclamación de indemnizaciones por discriminación.

Reformas del RD-ley 3/2021 y sus limitaciones

El Real Decreto-ley 3/2021 amplió formalmente el complemento tras la paternidad. Introdujo un mecanismo que habilita a los padres para solicitar la prestación de forma expresa. No obstante, el TJUE consideró que la reforma seguía vulnerando la igualdad. Exigía a los hombres demostrar la existencia de periodos de baja o descensos de cotización asociados al cuidado de hijos. Este matiz mantuvo en pie la impugnación al artículo 60.1.

A pesar de la reforma, persistían dudas sobre la retroactividad del complemento y la cuantía de los atrasos. También surgieron preguntas sobre la posibilidad de acceder a la indemnización por discriminación por brecha de género. El Tribunal Supremo cerró esta controversia al suprimir los requisitos adicionales y autorizar el cálculo integral de la prestación desde el hecho causante. Con ello, consolidó la doctrina del TJUE.

Procedimiento para reclamar el complemento

Documentación para reclamar la brecha de género

Para poder reclamar la brecha de género es esencial reunir varios documentos que acrediten la paternidad y los periodos cotizados. Entre ellos, deberá aportar copia compulsada del libro de familia para demostrar la existencia de hijos. Además, es conveniente incluir el informe de vida laboral actualizado, el certificado de empresa en caso de interrupciones y cualquier resolución previa del INSS. Estos elementos son clave para acreditar el requisito de aportación de cotizaciones tras la paternidad.

También conviene adjuntar justificantes de ingresos y recibos de cotización si hay periodos de baja o reducción de jornada. Este conjunto de pruebas facilita el cálculo de atrasos y de la retroactividad del complemento de la brecha de género. En determinadas sentencias se ha reconocido incluso una indemnización discriminación brecha de género, por lo que documentar cada etapa de la carrera laboral refuerza su reclamación.

Plazos y pasos para presentar la reclamación

El primer paso consiste en presentar la solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para ello, incluya los documentos descritos y exponga la base legal que ampara su derecho. Si quiere información sobre cómo pedir el nuevo complemento cómo pedir el nuevo complemento, este recurso oficial detalla requisitos y formularios. Es importante cumplir con la presentación de la demanda administrativa antes de agotar el plazo de seis meses sin respuesta expresa del INSS.

Una vez registrada la solicitud, el INSS cuenta con tres meses para resolver. Si transcurre ese tiempo sin contestación, podrá interponer directamente el recurso de alzada. Posteriormente, dispondrá de dos meses para acudir al juzgado de lo social. Gracias a este procedimiento, aquellos padres jubilados que deseen reclamar el complemento de la brecha de género para padres jubilados no perderán el derecho a la retroactividad ni a los atrasos brecha de género pensión.

Si necesita asesoramiento especializado para reclamar la brecha de género en su pensión y gestionar la presentación de recursos en función de los distintos plazos, Contacta con Cima y Asociados y obtenga la defensa personalizada que merece para maximizar su indemnización y garantizar el pago de los atrasos.

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Jurisprudencia y alcance de las reclamaciones

Hombre mayor recibiendo sentencia del TS frente al Tribunal Supremo, simbolizando igualdad de trato
Jubilado recibe sentencia del TS por igualdad de trato

Sentencias del TS confirman igualdad de trato

La reciente sentencia del Tribunal Supremo confirma que el artículo 60.1 discriminaba a los hombres al exigir condiciones añadidas para acceder al complemento por brecha de género, en contra de la doctrina europea. Igualdad efectiva entre madres y padres es el criterio reforzado por el Alto Tribunal, que equipara derechos y rechaza la exigencia de demostrar interrupciones en la cotización tras la paternidad. Con esta resolución, los hombres jubilados que cumplen los requisitos contributivos pueden acceder al complemento en las mismas condiciones que las mujeres. Además, el TS alinea la jurisprudencia nacional con la dictada por el TJUE, ratificando que la normativa interna vulnera el principio de igualdad y debe ser interpretada de forma no discriminatoria.

En sentencias recientes, el Tribunal Supremo ha reconocido expresamente el derecho de los hombres jubilados con hijos a reclamar complemento brecha de género padres jubilados sin necesidad de demostrar interrupciones de cotización. Asimismo, el alto tribunal ha declarado que este derecho no prescribe, lo que permite a los pensionistas interponer reclamaciones incluso años después de denegaciones iniciales. Estas resoluciones confirman la obligación de la Seguridad Social de abonar los atrasos correspondientes y abren la vía para solicitar posibles indemnizaciones por discriminación sufrida. Gracias a esto, multitud de pensionistas han visto reconocidos sus derechos con pagos retroactivos y compensaciones adicionales.

Efectos retroactivos y cálculo de atrasos

La retroactividad del complemento de la brecha de género implica que cada pensionista recupera las cantidades no reconocidas desde el hecho causante de su jubilación, sin límite temporal. Cálculo exacto de los importes es fundamental para garantizar que se abonen todos los atrasos con los intereses legales correspondientes. El Tribunal Supremo establece que la Seguridad Social debe aplicar el complemento por brecha de género de forma retroactiva, incluyendo los meses en los que esta ayuda se denegó por criterios discriminatorios. Además, se suman los intereses de demora desde cada impago. Nuestro bufete emplea peritos especializados para elaborar la simulación y asegurar que el respaldo económico sea completo. Con esta metodología, se evitan discrepancias que podrían reducir la cuantía definitiva de los atrasos.

Luego de aprobar el cálculo detallado, nuestro equipo presenta la reclamación de los atrasos ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, acompañando el informe pericial y la documentación necesaria. En caso de denegación, se interpone la reclamación previa y, de persistir el rechazo, se recurre en vía judicial. Gracias a la doctrina del Tribunal Supremo y del TJUE, esta estrategia garantiza la ejecución forzosa de la resolución favorable. Finalmente, una vez firme la sentencia, la Seguridad Social abona la totalidad de los atrasos con los intereses correspondientes. Este proceso permite a los pensionistas recuperar íntegramente la cuantía dejada de percibir.

Conclusión

Por ejemplo, en el caso de una persona a la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le ha cobrado de menos el complemento por brecha de género durante 24 meses, se estaría reconociendo una discriminación en el acceso al complemento debido a la exigencia de demostrar interrupciones en la cotización. Esta situación vulnera el artículo 60.1 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) y abre la puerta a reclamar indemnizaciones y atrasos. Con nuestro bufete, esa persona podría recuperar hasta 9.000 euros en atrasos con efecto retroactivo desde la fecha de jubilación, y contar con un procedimiento de reclamación ágil y transparente. Nuestro equipo recopila toda la documentación necesaria y presenta los recursos administrativos y judiciales con la máxima diligencia.

Al reclamar la brecha de género con nuestro bufete, los hombres jubilados con hijos pueden acceder a una indemnización media de 5.000 euros de indemnización por discriminación, según la jurisprudencia consolidada (Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres). Gracias a nuestro asesoramiento, el proceso se realiza sin costes iniciales y con seguimiento personalizado, garantizando la máxima posibilidad de éxito y el reconocimiento integral de sus derechos. Además, no existe límite temporal de prescripción para este derecho, por lo que podemos reclamar desde la fecha de generación de la pensión sin restricciones. Nuestro equipo se encarga de recabar pruebas, presentar recursos y negociar con la administración para maximizar los resultados. Le ofrecemos asesoría completa, actualizada y sin sorpresas, para que su reclamación de complemento brecha de género sea eficiente y exitosa.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los requisitos para reclamar el complemento por brecha de género si soy hombre?

Para reclamar el complemento de la brecha de género como hombre jubilado, debe acreditar ser pensionista contributivo con uno o más hijos y contar con la resolución de jubilación. No es necesario demostrar interrupciones en la cotización tras la paternidad. Debe cumplir estos requisitos al reclamar brecha de género y presentar la solicitud administrativa junto al libro de familia. Nuestro bufete le asesora en cada trámite para asegurar el éxito al reclamar el complemento de la brecha de género.

¿Desde cuándo puedo solicitar la retroactividad del complemento por brecha de género?

La retroactividad del complemento brecha de género surge desde el momento en que se reconoció la pensión de jubilación. Es decir, puede solicitar los atrasos desde la fecha en la que se hizo firme la resolución de su pensión (hecho causante). Gracias a la doctrina del Tribunal Supremo, no existe límite temporal para reclamar la retroactividad del complemento brecha de género. Nuestro bufete calcula con precisión los atrasos correspondientes.

¿Cómo se calculan los atrasos del complemento por brecha de género en la pensión?

El cálculo de los atrasos brecha de género pensión parte de comparar la cuantía efectivamente abonada con la cuantía resultante tras aplicar el complemento por maternidad. Se suman las diferencias mensuales desde el hecho causante hasta la fecha de la resolución favorable, incluyendo intereses legales. Nuestro equipo de peritos realiza este cálculo para que reciba todos los importes debidos de forma transparente y rigurosa.

¿Existe límite temporal para reclamar la brecha de género en la jubilación?

No existe límite temporal para reclamar brecha de género en la jubilación, ya que el Tribunal Supremo reconoce que este derecho no prescribe. Por tanto, cualquier pensionista cuya solicitud fue denegada o que no llegó a solicitar el complemento puede interponer la reclamación en cualquier momento. Nuestro despacho evalúa su caso y presenta el recurso adecuado para avanzar sin riesgo de caducidad.

¿Puedo reclamar una indemnización por discriminación al solicitar el complemento de la brecha de género?

Sí, al reclamar brecha de genero con fundamento en la sentencia del TJUE, puede solicitar una indemnización por discriminación por la brecha de género. El Tribunal Supremo admite compensaciones que suelen rondar los 5.000 euros de media, según el periodo no reconocido. Nuestro bufete le orienta para documentar la discriminación y maximizar la indemnización por el trato desigual sufrido.

¿Qué pasos debo seguir para presentar la reclamación del complemento por brecha de género?

El procedimiento para reclamar el complemento por brecha de género comienza con la solicitud administrativa ante el INSS, acompañada de la documentación que acredite la paternidad y la fecha de jubilación. Tras la resolución, cabe recurso o reclamación previa a la vía judicial. Nuestro despacho se encarga de preparar cada escrito, presentar recursos en plazo y defender sus derechos en todas las instancias.

Con la seguridad de estar en manos de expertos en los atrasos de la brecha de género en la pensión y en indemnizaciones por discriminación por la brecha de género, no espere más y dé el primer paso para recuperar lo que le corresponde. Contacte con Cima y Asociados hoy mismo y empiece su reclamación sin coste inicial ni compromiso.

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